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Servicios > Dirección de Nacionalización > Inscripción de Peruano(a) por Matrimonio
Inscripción de Peruano(a) por Matrimonio
Requisitos Generales
01
Formulario F-006 (gratuito).
02
Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/. 46.55 nuevos soles).
03
Recibo de pago al Banco de la Nación por derecho de Inscripción, equivalente al 1% de la UIT (S/. 36.00 nuevos soles).
04
Solicitud dirigida a la DIGEMIN, según modelo establecido.
  En caso de la cónyuge indicar nombres y apellidos de soltera.
05
Partida de matrimonio original inscrita en los registros civiles de RENIEC, con tres meses de vigencia o actualizada.
  Si el matrimonio fue celebrado en el extranjero presentará la partida y la constancia de haber sido inscrita en la oficina consular respectiva, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  Si el matrimonio celebrado en el extranjero no fue inscrito en la oficina consular de la jurisdicción, dicho acto deberá ser inscrito dentro de los noventa (90) días de su llegada al país en los registros de la municipalidad del lugar donde ha fijado domicilio, debiendo presentar la partida respectiva; vencido este plazo deberá hacerlo por vía judicial.
06
Copia fotostática del Carné de Extranjería acreditando los dos (2) años de residencia.
07
Partida nacimiento del conyugue original y actualizada.
  En el caso que el cónyuge tenga la nacionalidad peruana por naturalización o por opción presentará copia simple del Título del Registro correspondiente.
08
Copia fotostática simple del documento de identidad actualizado/vigente del cónyuge peruano.
09
Declaración jurada simple de gozar de buena salud, domicilio y de antecedentes penales, judiciales y policiales.
10
Una (1) fotografías de frente, tamaño pasaporte a color en fondo blanco.
Horario de Atención: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES: 8:30 A 13:00
 
Datos Importantes
Pago por derecho de trámite: S/. 46.55 nuevos soles.
Calificación: Requiere evaluación.
Tiempo que toma el trámite: 15 días.
Dependencia donde se inicia el támite: Área de Trámite Documentario o Jefaturas de Migraciones.
Autoridad que aprueba el trámite: Director General de la DIGEMIN y Director de Naturalización.
Autoridad encargada en caso de reconsideración:Director General de la DIGEMIN y Director de Naturalización.
Autoridad encargada en caso de apelación: Ministro del Interior.
 Versión para Imprimir
  Descargar requisitos en PDF.
 
 
 
 
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