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Servicios > Dirección de Inmigración > Exoneración del Pago de la Tasa Anual de Extranjería
Exoneración del Pago de la Tasa Anual de Extranjería
Requisitos Generales
01
Formulario F-007 (gratuito).
02
Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/. 26.95 nuevos soles).
03
Acreditar estar dentro de los alcances de la clasificación efectuada en el artículo 3° de lDS Nº 206-83-EFC.
  Partida o acta de matrimonio inscrita en los Registros Civiles (casada-o con peruano-a).
  Carta de congregación católica o asociación religiosa, legalizado por la entidad administrativa correspondiente.
  Documento que acredite percibo de pensión o sueldo inferior al sueldo mínimo vital (sólo para inmigrantes).
Nota:
Presentar La Carta Poder con firma legalizada por Notario Público.
 
Datos Importantes
Pago por derecho de trámite: S/. 26.95 nuevos soles.
Calificación: Requiere evaluación.
Tiempo que toma el trámite: Ocho (8) días.
Dependencia donde se inicia el támite: Área de Tramite Documentario de la DIGEMIN o Jefaturas de Migraciones.
  Autoridad que aprueba el trámite: Director de Inmigraciones o Sub-directores o Jefes de Migraciones.
  Autoridad encargada en caso de reconsideración:Director de Inmigraciones o Sub-direcciones o Jefes de Migraciones.
Autoridad encargada en caso de apelación: Director General de Migraciones y Naturalización.
 Versión para Imprimir
  Descargar requisitos en PDF.
 
 
 
 
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