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| Cambio de Clase de Visa (con la misma calidad migratoria) |
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Requisitos Generales |
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Formulario F-004 (gratuito). |
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Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/. 94.60 nuevos soles). |
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Copia fotostática simple y legible del Pasaporte con una vigencia mínima de un (01) año. |
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Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa de extranjería (US$ 200,00), cancelable a la
aprobación del expediente. |
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Ficha de Canje Internacional - INTERPOL (para todos los ciudadanos extranjeros que solicitan residencia
excepto menores de edad). |
| Nota: |
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Se encuentran exoneradas del
pago de la tasa de extranjería las
personas que se encuentran comprendidas
dentro de los alcances
del artículo 3º del D.S. Nº 206-83
-EFC. |
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En los casos en que existan
convenios bilaterales o multilaterales
suscritos por el Perú
con otros Estados u organismos
internacionales el pago de
tasas, derecho de tramitación
u otras facilidades se sujetarán
a lo dispuesto en los mismos. | |
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Todo documento que estuviera
en idioma extranjero deberá ser
traducido al castelllano por
traductor colegiado. | |
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En caso que el trámite sea realizado por
una tercera personal, deberá presentar
Carta Poder del solicitante legalizada
notarialmente, si el poder es otorgado
fuera del país deberá ser legalizado por
el Consulado Peruano y el Ministerio
de Relaciones Exteriores o apostillado. | |
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Trabajador |
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| Además de los consignados en los requisitos generales presentar: |
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Copia fotostática legalizada notarialmente
o autenticada por el
fedatario de la DIGEMIN del
contrato de trabajo aprobado por la
autoridad administrativa de trabajo
con la excepción de los casos
comprendidos en los Arts. 3º y 6º del
Decreto Legislativo Nº 689, y su
reglamento DS Nº 023-2001-TR
y sus modificatorias. |
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La ficha RUC de la empresa contratante
debe encontrarse en situación de ACTIVO y HABIDO. |
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Copia legalizada notarialmente o autenticada
por el Fedatario de la DIGEMIN de
la copia certificada de la vigencia del poder
del representante legal de la empresa contratante,
actualizada y expedida por la
Oficina Registral. |
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La empresa peruana contratante debe
tener trabajadores inscritos ante SUNAT. |
| Nota: |
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En caso de contrato firmado en
el país, el usuario debe encontrarse
con la calidad migratoria habilitante
o tener el permiso especial
para firmar contratos. |
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Si el contrato fue firmado en el
extranjero debe ser legalizado en
el Consulado Peruano y el Ministerio
de Relaciones Exteriores o apostillado. |
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El contrato no debe tener más de 15
de haber sido aprobado por la autoridad
de trabajo. |
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En los casos que el contrato
contemple períodos de prueba,
procederá el otorgamiento de
visa temporal hasta el cumplimiento
de dicho período; luego el usuario
podrá solicitar el Cambio de Clase
de Visa a Residente. |
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Religioso Católico |
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| Además de los consignados en los requisitos generales 1, 2, 3 y 4 presentar: |
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Solicitud de la congregación o
autoridad eclesiástica o asociación
religiosa a la que real y
efectivamente vendrá a integrarse,
firmada por el representante
legal debidamente acreditado,
indicando en todos los casos
los nombres y apellidos
del beneficiario, nacionalidad,
edad y tiempo que permanecerá
en el país. |
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Carta de presentación de la
Congregación o Asociación
extranjera que envía al beneficiario,
debidamente legalizada en
Consulado Peruano y visada
por el Ministerio de Relaciones
Exteriores o apostillada. |
| Nota: |
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Deberá estar visada por Obispo
de la Diócesis y para los expedientes
presentados en Lima,
además por la Dirección de
Asuntos de la Iglesia Católica
del Ministerio de Justicia. |
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Sólo pueden trabajar en salud y
educación previa autorización. |
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Religioso no católico |
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| Además de los consignados en los requisitos generales 1, 2, 3 y 4 presentar: |
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|
Solicitud de la congregación o
autoridad eclesiástica o asociación
religiosa a la que real y
efectivamente vendrá a integrarse,
firmada por el representante
legal debidamente acreditado,
indicando en todos los casos
los nombres y apellidos
del beneficiario, nacionalidad,
edad y tiempo que permanecerá
en el país. |
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Carta de presentación de la
Congregación o Asociación
extranjera que envía al beneficiario,
debidamente legalizada en
Consulado Peruano y visada
por el Ministerio de Relaciones
Exteriores o apostillada. |
| Nota: |
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Deberán
adjuntar copia legalizada notarialmente
o autenticada por el fedatario de la
DIGEMIN, del Certificado de Inscripción
expedido por la Dirección de Asuntos
Interconfesionales del Ministerio
de Justicia.. |
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Sólo pueden trabajar en salud y
educación previa autorización. |
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Independientes: Inversionista |
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| Además de los consignados en los requisitos generales presentar: |
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Copia legalizada notarialmente o
autenticada por el fedatario de la
DIGEMIN de la escritura inscrita
en los Registros Públicos donde
el beneficiario figure con una
representación mínima de
treinta mil dólares americanos
(US $ 30,000) o su equivalente en
moneda nacional en el capital social,
suscrito y pagado completamente
en dinero en efectivo y en un solo
acto. |
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Acreditar que el dinero invertido proviene
del extranjero a través de "Declaración
Jurada de Equipaje-Ingreso" efectuada
ante la SUNAT realizado por el
extranjero al momento de de ingresar
al país o documentos relacionados con
transacciones interbancarias u otras
modalidades de transferencia de dinero
girados desde el exterior a favor del
extranjero y/o empresa peruana donde
el extranjero es socio. |
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Carta de compromiso de creación
de al menos cinco (05) puestos de
trabajo para peruanos en un plazo
no mayor a un año, requisito que
será de cumplimiento indispensable
para solicitar la prórroga de residencia. |
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Proyecto de Factibilidad del negocio
(se trate de una empresa recién constituida)
y Plan de Negocios (se trate de
una empresa en actividad) que incluya
la creación de 05 puestos de trabajo en
un plazo no mayor de dos (02) años.
Deberá ser elaborado por profesional
colegiado y debidamente habilitado y
certificado. |
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| En caso de transferencia de acciones
acciones o participaciones, sólo cuando
incluya aumento de capital equivalente
a treinta mil dólares americanos
(US. $ 30,000), además de los requisitos
generales, presentará. |
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Copia legalizada notarialmente o
autenticada por el fedatario de la
DIGEMIN del Acta de Transferencia
de acciones y del Libro de Matrícula
de acciones o Escritura Pública
de transferencia de participaciones. |
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Plan de negocios para un (01) año. |
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Carta de compromiso de creación
de cinco (05) puestos adicionales de
trabajo en el plazo de un (01) año. |
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Copia de la Licencia de
Funcionamiento vigente. |
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Planilla actual de trabajadores. |
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Ultima declaración jurada anual de
impuesto a la renta de la empresa. |
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Acreditar que el dinero invertido proviene del extranjero a través de "Declaración
Jurada de Equipaje-Ingreso" efectuada
ante la SUNAT realizado por el
extranjero al momento de de ingresar
al país o documentos relacionados con
transacciones interbancarias u otras
modalidades de transferencia de dinero
girados desde el exterior a favor del
extranjero y/o empresa peruana donde
el extranjero es socio. |
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| Nota. |
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El beneficiario debe tener la calidad
migratoria habilitante o el permiso para
firmar contratos al momento de firmar
la constitución de la empresa o al
adquirir las acciones o participaciones. |
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En los casos en que el Cambio de
Calidad Migratoria a Inversionista
sea solicitado por extranjero
residente, el dinero a ser aportado
podrá provenir de fuente nacional
debidamente certificada. |
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Esta calidad migratoria no está autorizada
para trabajar. |
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Independientes: Profesional |
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| Además de los consignados en los requisitos generales presentar: |
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Copia fotostática legalizada notarialmente
o autenticada por el fedatario
de la DIGEMIN de su inscripción en el
Colegio Profesional correspondiente para ejercer la profesión en el Perú
(en caso de profesiones colegiadas)
o copia legalizada o autenticada del
Título Profesional convalidado por la
Universidad o reconocido por la Asamblea
Nacional de Rectores (en caso de
no existir el colegio profesional correspondiente). |
| Nota. |
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No están autorizados a trabajar
bajo relación de dependencia. |
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Estudiante |
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| Además de los consignados en los requisitos generales presentar: |
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Constancia de matrícula expedida
por el centro de estudios con
reconocimiento oficial del Ministerio
de Educación o la Asamblea
Nacional de Rectores según el
caso mencionando el tipo de
estudio, tiempo de duración, horas y días de asistencia.
* En caso de prácticas profesionales
deberán presentar carta de acreditación
emitida por la Universidad o
centro educativo extranjero de estudios
superiores con indicación del tiempo
y lugar donde realizarán sus prácticas,
debidamente legalizada por
Consulado Peruano y visada
por el Ministerio de Relaciones
Exteriores o apostillada.
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Demostrar tener solvencia económica
proveniente del extranjero
para solventar estudios y gastos
de estadía.
* En el caso de extranjeros hijos de
peruanos y extranjeros residentes
en el país, la garantía puede
provenir de fuente nacional.
* En caso de menores de edad
no acompañados por lo menos
de uno de sus padres, deberán
presentar documento notarial
o consular que acredite tutoría o
nombramiento de apoderado,
adjuntando copia fedateada del
documento de filiación debidamente
legalizado o apostillado.
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Refugiado y Asilado |
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| Además de los consignados en los requisitos generales 1, 2, 3 y 4 presentar: |
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Oficio del Ministerio de Relaciones Exteriores
comunicando la aprobación de su
condición de asilado o refugiado. |
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Pago por derecho de trámite: S/. 94.60 nuevos soles. |
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Tiempo que toma el trámite: 60 días. |
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Inicio del Procedimiento: Dirección de Inmigración y Naturalización u Organos Desconcentrado. |
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Autoridad competente para Resolver: Director de Inmigración y Naturalización. |
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Autoridad encargada en caso de reconsideración: Director de Inmigración y Naturalización. |
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Autoridad encargada en caso de apelación: Director General de Migraciones y Naturalización. |
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